No usuarios
Cualquier empresa, tanto uruguaya como del exterior, puede operar en Zona Franca bajo el régimen de no usuario. La mercadería que es enviada a Zona Franca por parte de la empresa debe estar consignada al Usuario de Zona Franca.
Empresas uruguayas
La empresa uruguaya contrata los servicios del usuario directo para poder utilizar las instalaciones y la infraestructura que le provea el usuario. No es necesario realizar un contrato ya que no hay ningún requisito legal que cumplir. Cabe destacar que en el caso de querer formalizar la relación se realizará un contrato de arrendamiento de espacio de carácter privado.
De acuerdo con esta modalidad de operación, la empresa uruguaya deberá asumir un único costo: pagarle al Usuario Directo el espacio que utilice de su depósito y los servicios que le sean prestados. Dependiendo de la negociación entre ambas partes, el espacio físico puede estar directamente vinculado a la ocupación promedio mensual que tenga el usuario indirecto.
Impuestos que recaen sobre la actividad en Zona Franca
La empresa uruguaya que tiene mercadería en Zona Franca, no está exonerada del IRIC (Impuesto a la Renta) y del IP (Impuesto al Patrimonio), por lo que en el caso de que se venda mercadería desde Zona Franca, se deberá tributar IRIC sobre la renta obtenida. Además, a la fecha de cierre de ejercicio fiscal, las mercaderías depositadas en Zona Franca son activo gravado a los efectos del IP.
Empresas domiciliadas en el exterior
La empresa domiciliada en el exterior contrata los servicios del usuario directo para poder utilizar las instalaciones y la infraestructura que le provea el usuario.
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